Plan de control

Plan de control del queso Provolone Valpadana DOP - Denominación de origen protegida

El Reglamento (UE) nº. 1151/2012 sobre regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimentarios, en el art. 7, exige que los productos agroalimentarios beneficiarios de la DOP o IGP se obtengan respetando el Pliego de condiciones y que el cumplimiento de los requisitos regulados sea controlado por estructuras de control autorizadas por los Estados miembros.

El Consorcio ha seleccionado a CSQA Certifications Srl (en adelante CSQA) como Organismo de Control autorizado para el queso con Denominación de Origen Protegida Provolone Valpadana, de conformidad con el art. 53 de la Ley núm. 128/98, reemplazado del arte. 14 de la Ley núm. 526/99, que definió el documento adjunto denominado DPC004 del 29/02/2016, como guía para la realización de actividades de control de cumplimiento.

¿Qué contiene el Plan de Control?

Dicho Plan de Control, elaborado sobre la base del Pliego presentado ante el Ministerio de Políticas Agrarias, Alimentarias y Forestales y las modificaciones propuestas y otorgadas al mismo, contiene todos los elementos que caracterizan al queso Provolone Valpadana y, en particular:

  • la delimitación del área geográfica de producción de la materia prima, transformación y procesamiento, en cuyo territorio deberán ubicarse todos los sujetos de la cadena de suministro regulada;
  • la descripción del producto con identificación de la materia prima, ingredientes y características finales;
  • la descripción del método tradicional de obtención;
  • los sistemas de identificación y trazabilidad del producto y sus componentes;
  • los métodos de presentación cuando el producto se despacha al consumo.

Además de los elementos indicados anteriormente, el actual Plan de Control describe el conjunto de controles a los que debe ser sometido el producto para que pueda ser identificado con el signo distintivo de la Provolone Valpadana DOP.

¿En qué consiste el control?

El conjunto global de controles está compuesto tanto por las actividades realizadas directamente por los interesados a lo largo de la cadena productiva regulada (actividades de autocontrol), como por los controles de cumplimiento que realiza el Órgano de Control con el fin de comprobar el íntegro cumplimiento de las normas. procesos y de los productos.

De conformidad con lo establecido en este Plan de Control, los registros correspondientes se originan en las actividades de autocontrol que realizan los sujetos regulados de la cadena de suministro; Estos registros se examinan y evalúan durante las auditorías.

Por tanto, las entidades reconocidas de la cadena de suministro deberán elaborar y almacenar adecuadamente la documentación de autocontrol, poniéndola a disposición de los controles de cumplimiento que realice el Organismo de Control.